Y dele con el sambenito de la ideología. Opositor político, dirigente de EPS, jefe gremial, académico de everfit en regla o caudillo que se respete descalificará desde su propio arsenal de ideas-fuerza la reforma a la salud: proyecto estatizante de inocultable sabor comunista, dirá, se brinca el criterio técnico y financiero que encumbró a este sector en Colombia al podio de los mejores del mundo. Teme Álvaro Uribe el arribo de un “empadronamiento socialista” en afiliación al sistema de salud, la supeditación de las EPS al Estado y augura una explosión de burocracia y politiquería en el sector. Carlos Caballero lo secunda: esta reforma respondería al “prurito ideológico de estatizar”.
Bronco recurso de propaganda que evade los términos reales de la lid: una dura confrontación entre ideas del Estado social que concibe la salud como derecho fundamental inalienable y el refocilado Estado liberal radical que la privatiza y menea la ficción ideológica de neutralidad de la técnica; para no llamarla por su nombre, el lucro, cosechado precisamente por negación del servicio. Se dirime, pues, si las EPS se subordinan al Estado -como sucede en economías mixtas y lo teme el expresidente- o si se sigue subordinando el Estado al bolsillo y a los abusos de las EPS.
Se remonta la disyuntiva a la Constitución misma, que consagra a un tiempo el derecho fundamental a la salud y el derecho de libertad económica en su dimensión de libertad de empresa, como lo registra el muy ponderado estudio de Jaime Gañán, Los muertos de la Ley 100, que aquí glosamos. Estos principios jurídicos -sostiene- entran en colisión, termina por prevalecer el principio de libertad económica que opera como negación de servicios y estalla, por fin, en riadas de tutelas. La tensión entre el derecho social y el derecho económico cristaliza en la ineficacia del sistema.
Si, dos ideologías se enfrentan aquí. La del Estado social, cuyos presupuestos de salud, vida, igualdad y dignidad humana consagra nuestra Carta, por un lado, y por el otro, el derecho de libre iniciativa económica para derivar utilidad privada. Pero si el primero se aparta del socialismo al reconocer el derecho de libertad económica, otorga al Estado capacidad de intervención para regular la economía y presidir la política social. El segundo evoluciona desde la economía liberal ultramontana (con su valor absoluto de libertad económica) hacia la libertad regulada, limitada por los fines del Estado social: el interés general y el bien común. Si la protección de los derechos sociales entra en crisis es porque la Carta del 91 coincide con la entronización del modelo neoliberal, que burla la economía social de mercado del Estado de bienestar.
En el modelo Ley 100 la salud parece ser un bien más de tráfico mercantil que un derecho fundamental: el aseguramiento en salud escala a negocio sin par. Su racionalidad económica, que baja costos para maximizar ganancias, opera por negación masiva de servicios por las EPS. Las tutelas se desbordan. El año pasado registró 114.313 por salud, 58.3% más que el año anterior.
La Ley Estatutaria de Salud de 2016 protocolizó el principio de la salud como derecho fundamental y servicio público esencial. Y la función de dirección del Estado en el sector, enderezada a promover la salud, prevenir la enfermedad y suministrar atención primaria a todos los colombianos. El choque de ideologías se traduce en defensa de la salud como negocio administrado por los grupos financieros, o bien, en su afirmación como servicio público. Se impone un acuerdo razonable que controle la mano invisible del mercado con la mano visible del Estado.